Formación Bonificada para trabajadores
La formación bonificada está orientada a mejorar la capacitación profesional y el desarrollo personal de los trabajadores. Con la finalidad de mejorar sus posibilidades de promoción e integración en el ciclo productivo de las empresas. Esta formación busca mejorar la competitividad de las empresas a través de la adquisición de competencias y capacidades de los empleados que forman la empresa.
Su funcionamiento es muy simple: todas las empresas, independientemente de su tamaño, tienen un crédito para la formación de sus trabajadores. Este crédito, en realidad es una ayuda o subvención, varía en función del número de trabajadores, y lo que cotiza la empresa a la seguridad social por esos trabajadores. Tiene una vigencia anual, de enero a diciembre, por lo que no es acumulable de un año a otro. Si no se utiliza está ayuda se pierde. Esta bonificación se renueva el día 1 de enero, y se recalcula en función de la plantilla media de la empresa.
La formación bonificada resulta gratis dado que la empresa recupera el valor de los cursos bonificados reduciendo lo que paga a la Seguridad Social a través de los seguros sociales. Solo se pueden hacer cursos que estén validados para ser bonificados, tarea de la cual se encarga la Fundae antiguamente conocida como la fundación tripartita. Este organismo público es el encargado de vigilar el cumplimiento de la normativa en materia de formación bonificada y subvencionada. Siendo también el organismo oficial encargado de extender los diplomas acreditativos de los cursos realizados.
¿Qué trabajadores y empresas pueden utilizar la formación bonificada?
Todos los trabajadores en activo que coticen a la Seguridad Social por la contigencia de formación profesional pueden beneficiarse de cursos bonificados:
- Trabajadores por cuenta ajena
- Trabajadores fijos discontinuos en período de no ocupación
- Los que acceden a situación de desempleo cuanto se encuentren en períodos formativos
- Trabajadores acogidos a regulación de empleo en sus periodos de suspensión de empleo por expediente autorizado
Las empresas que tengan algún centro de trabajo en el territorio nacional, que coticen a la Seguridad Social por la contingencia de formación profesional y que estén al corriente de pagos a la Seguridad Social y Hacienda podrán bonficar los cursos de sus empleados.
Todas las empresas independientemente de su tamaño tienen asignada una cantidad que pueden dedicar a estos cursos. El mínimo asignado a todas las empresas es de 420€. Hay empresas que por tamaño de la plantilla de empleados o por las cotizaciones que realizan a la seguridad social, tendrán una asignación superior.